AUTORIDADES ACTUALES DE SANTA CATARINA IXTAGUACAN SOLOLA

Alcalde y Corporación Municipal  
La corporación Municipal de Santa Catarina, está representada por el Señor. Pascual Tambriz Tzep, Alcalde Municipal 2016-2020 Postulado por el PP. La misma está integrada por representantes de las comunidades del municipio también electos por el pp y otros partidos políticos. La estructura organizacional de la municipalidad está compuesta por distintas dependencias, dentro de las cuales est�n la AFIM "Administración Financiera Integrada Municipal", Secretaría Municipal, DMP "Dirección Municipal de Planificación", y servicios públicos municipales entre otras. Aquí se encuentra información importante acerca de servicios y dependencias y sus funciones.
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL


    CONCEJO MUNICIPAL
    El Concejo o Corporación Municipal, está integrado por el Alcalde Municipal quien lo preside, y los Síndicos y Concejales segun el Artículo 9 del Código Municipal.
 Cualquier vecino de origen guatemalteco, inscrito en el distrito municipal mayor de 18 años y que sepa leer y escribir, está en el goce y derecho político de ser Alcalde, Síndico o Concejal artículo 43 del Código Municipal.
 El concejo es la máxima autoridad del municipio ya que es el órgano superior de carácter colegiado de deliberación y decisión de los asuntos municipales. Esto significa que todos los miembros tienen la misma calidad e igual poder de decisión, y que antes de tomar cualquier decisión deben discutirla ampliamente.

        Funciones del Concejo
El Concejo Municipal tiene numerosas competencias que van desde aspectos administrativos hasta decisiones sobre políticas. Dentro de las funciones del concejo están:

Políticas: Convocar a los sectores del municipio para elaborar políticas públicas y municipales y planes de ordenamiento territorial y de desarrollo, preservar y promover el derecho de los vecinos, aprobar convenios de asociación con otras municipalidades o instituciones públicas o privadas entre otras.

 Administrativas: Crear, modificar o suprimir dependencias, empresas y unidades administrativas, así como organizar cuerpos técnicos, asesores y consultivos, nombrar y remover funcionarios municipales etc.
 Financieras: Aprobar, controlar la ejecución, ampliar, modificar, evaluar y liquidar el presupuesto, aprobar tasas por servicios, proponer al organismo ejecutivo los arbitrios.

INTEGRANTES DEL CONCEJO MUNICIPAL 2016-2020



CARGO         FUNCIONARIO
Alcalde                                Pascual Tambriz Tzep
Síndico II                             Francisco Ixmata Raxulew  
Síndico I                              Roberto Guachiac Sohom  
Síndico Suplente                Juan Tum Tahay       
Concejal I                           Sabino Tambriz Sohom       
Concejal II                          Manuel Tum Xocom 
Concejal III                         Manuel Ambrosio Raxuleu 
Concejal IV                         Antonio Cotiy Saquic           
Concejal V                          Antonio Guarchaj Ambrocio           
Concejal Suplente I                Antonio Sohom Xocom
Concejal Suplente II    Martin Ixtama Sac         

    DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA INTEGRADA   MUNICIPAL

Para cumplir en lo relativo al régimen jurídico financiero del municipio, la recaudación y administración de los ingresos municipales, la gestión presupuestaria y control de los bienes comunales y patrimoniales del municipio, a la DAFIM le corresponde proponer en coordinación con la DMP, la política presupuestaria y las normas para su formulación programar y evaluar la ejecución del presupuesto, administrar los ingresos y los gastos, llevar el control de la contabilidad y la deuda municipal, recaudar, administrar, controlar y fiscalizar los tributos y en general la administración de las finanzas municipales. La AFIM esta compuesta por un Director Financiero, un Tesorero, un Encargado de Contabilidad,un Encargado de Presupuesto, un Encargado de Compras y un Encargado de Almacén. Sus funciones y competencia está regulado por el artículo 98 del Decreto ley 12-2002 "Código Municipal", reformado por el artículo 28 del Decreto Ley 22-2010.

    SECRETARIA MUNICIPAL

Oficina encargada de darle trámite a todas las resoluciones que aprueban el concejo y el alcalde, así como a todos los asuntos que ingresan al despacho del Alcalde.


    DIRECCION MUNICIPAL DE PLANIFICACION

De conformidad con el artículo 95 del Código Municipal la Municipalidad deberá contar con la DIRECCION MUNICIPAL DE PLANIFICACION, que tendrá a su cargo la coordinación y consolidación, de los diagnósticos, planes, programas y proyectos de desarrollo municipal. Esta Dirección deberá contar con el apoyo sectorial de los ministerios y secretarías del estado que integran el Organismo Ejecutivo. Es la responsable de producir la información precisa y de calidad requerida para la formulación y gestión de las políticas públicas municipales. Sus funciones y atribuciones estan contenidas el artículo 96 del Código Municipal

    POLICIA MUNICIPAL

La policia municipal debe velar por el cumplimiento de las disposiciones municipales, respetando los criterios de las costumbres y tradiciones propias de las comunidades, toda actividad o accion por parte de la policia municipal debe estar dentro del marco de la ley con el único propósito de mantener el órden en el municipio.

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